Orden de Protección Civil NJ: Su Guía Completa en Nueva Jersey
La idea de necesitar una orden de protección civil en Nueva Jersey puede ser abrumadora y aterradora. Ya sea que usted esté buscando protección para sí mismo o para sus seres queridos, o si ha sido injustamente acusado y necesita defenderse, es natural sentirse ansioso e incierto sobre los pasos a seguir. En Law Offices of SRIS, P.C., entendemos la gravedad y la sensibilidad de estas situaciones y estamos aquí para brindarle la claridad y el apoyo que necesita para navegar este complejo camino legal. Nuestro objetivo es transformar su miedo en esperanza, proporcionándole una guía comprensible, defendiendo sus derechos y ofreciendo opciones legales sólidas que realmente marquen la diferencia en su vida.
A partir de noviembre de 2025, la siguiente información es aplicable.
¿Qué Implica Realmente una Orden de Protección Civil en Nueva Jersey?
Una orden de protección civil, conocida comúnmente en Nueva Jersey como una Orden de Alejamiento por Violencia Doméstica (FRO – Final Restraining Order), es mucho más que un simple documento legal. Es un mandato judicial de vital importancia diseñado para proteger a una persona de abuso o amenazas. No es solo un pedazo de papel; es una herramienta legal poderosa que restringe el contacto y las acciones de una persona hacia otra, con el objetivo primordial de prevenir futuros actos de violencia. Estas órdenes son emitidas por los tribunales de familia para salvaguardar la integridad física y emocional de las víctimas, y tienen consecuencias legales significativas si no se respetan o se violan.
El sistema legal de Nueva Jersey, a través de su robusta Ley de Prevención de la Violencia Doméstica (PDVA), reconoce la urgencia y la necesidad de proteger a los individuos de la violencia. Las disposiciones de la PDVA son amplias y están diseñadas para abordar una variedad de situaciones. Comprender esta ley no solo es el primer paso crucial para protegerse eficazmente, sino también para preparar una defensa sólida si usted es el acusado. No se trata solo de un procedimiento judicial; se trata de seguridad, dignidad y la búsqueda de justicia en momentos de crisis.
Es importante diferenciar una orden de protección civil de otras órdenes judiciales. Mientras que algunas órdenes abordan disputas financieras o contractuales, la FRO se centra exclusivamente en la seguridad personal, prohibiendo al presunto abusador acercarse, contactar o amenazar a la víctima. La naturaleza de esta orden es de prevención y protección, lo que la convierte en una herramienta legal distintiva y poderosa dentro del ámbito de las relaciones domésticas.
Definición de “Violencia Doméstica” bajo la Ley de Nueva Jersey
La Ley de Prevención de la Violencia Doméstica de Nueva Jersey (N.J.S.A. 2C:25-19) define la violencia doméstica de manera exhaustiva, incluyendo un listado de delitos penales específicos que, cuando ocurren en una relación doméstica, pueden justificar la emisión de una orden de protección. Estos actos no se limitan a la violencia física explícita, sino que abarcan un espectro más amplio de comportamientos abusivos.
Entre los actos de violencia doméstica que pueden justificar una FRO se encuentran: agresión, acoso, allanamiento de morada, confinamiento ilegal, amenazas, agresión sexual, y otras ofensas como el robo, la coacción, el daño criminal, la manipulación de pruebas, la violación y la intimidación. La ley también incluye actos que podrían no ser delitos penales por sí mismos pero que, en el contexto de una relación, constituyen un patrón de comportamiento abusivo, como el acoso constante o la destrucción de propiedad con la intención de intimidar.
La clave para que el tribunal considere un incidente como violencia doméstica es la existencia de una relación doméstica entre las partes. Esto incluye a cónyuges actuales o anteriores, miembros de una unidad familiar o doméstica actual o anterior, personas que tienen un hijo en común o esperan uno, o personas que han estado en una relación de citas, independientemente de si viven juntas o no. La amplitud de esta definición asegura que una amplia gama de víctimas potenciales pueda buscar protección bajo la ley de Nueva Jersey.
¿Quién Es Elegible para Solicitar una Orden de Protección Civil en NJ?
Para solicitar una orden de protección civil en Nueva Jersey, la persona que busca la protección (el “demandante”) debe haber sido víctima de al menos un acto de violencia doméstica por parte de un “demandado”. Como se mencionó, la relación entre las partes es un factor crítico. No es necesario que las partes estén casadas; la ley protege a individuos en diversas relaciones íntimas y familiares. Esto incluye:
- Cónyuges actuales o anteriores.
- Miembros de una unidad familiar o doméstica actual o anterior (incluso si no están relacionados por sangre o matrimonio).
- Personas que tienen un hijo en común o esperan un hijo.
- Personas que han estado en una relación de citas. La duración o el carácter de la relación de citas pueden ser examinados por el tribunal, pero la ley pretende ser inclusiva.
Es importante destacar que la ley de Nueva Jersey está diseñada para ser accesible para quienes realmente la necesitan. Un abogado experimentado en Law Offices of SRIS, P.C. puede evaluar su situación específica y determinar si cumple con los criterios legales para solicitar una orden de protección, brindándole una visión clara de sus derechos y opciones.
Cómo Solicitar una Orden de Protección Civil en Nueva Jersey: Un Recorrido Detallado por los Pasos Legales
El proceso para obtener una orden de protección en Nueva Jersey, aunque riguroso, está estructurado para ofrecer una ruta clara hacia la seguridad. Comprender cada etapa es fundamental para quienes buscan protección o para quienes deben defenderse de una acusación. Es importante reunir toda la documentación necesaria y estar preparado para presentar pruebas que respalden la solicitud. Aquellos que enfrentan una orden de protección en Nueva Jersey deben conocer sus derechos y las posibles consecuencias legales. También, es recomendable buscar asesoramiento legal para navegar efectivamente por el proceso y garantizar una defensa adecuada.
Paso 1: La Urgencia de la Orden de Alejamiento Temporal (TRO)
Si usted se encuentra en una situación de peligro inminente y teme por su seguridad o la de sus hijos, el primer paso es solicitar una Orden de Alejamiento Temporal (TRO). Esta orden se puede obtener en el Tribunal Superior de Nueva Jersey, División de Familia, durante las horas de funcionamiento normales. Fuera de ese horario (por la noche, los fines de semana o los días festivos), puede contactar a su departamento de policía local, quienes pueden facilitar la solicitud a un juez de guardia.
Durante la solicitud de una TRO, usted deberá presentar una declaración jurada detallando los incidentes específicos de violencia doméstica, la relación entre usted y el demandado, y por qué considera que necesita protección inmediata. Es importante ser lo más preciso y detallado posible, incluyendo fechas, lugares, descripciones de los actos y cualquier evidencia disponible, como mensajes de texto, correos electrónicos, fotos o grabaciones. El juez revisará esta información sin la presencia del demandado (procedimiento ex parte) y, si encuentra motivos razonables para creer que un acto de violencia doméstica ha ocurrido, emitirá una TRO. Esta orden impone restricciones inmediatas, como prohibir al demandado contactarle o acercarse a usted, a su hogar, a su lugar de trabajo o a la escuela de los niños, y a menudo prohíbe la posesión de armas de fuego.
La TRO es un alivio inmediato, pero es, como su nombre indica, temporal. Su propósito es establecer una barrera de seguridad provisional hasta que se pueda llevar a cabo una audiencia completa con ambas partes presentes.
Paso 2: Preparándose para la Audiencia de la Orden de Alejamiento Final (FRO)
Una vez que se emite una TRO, el tribunal programará automáticamente una audiencia para una Orden de Alejamiento Final (FRO). Esta audiencia generalmente se lleva a cabo dentro de los 10 días siguientes a la emisión de la TRO, para asegurar una resolución rápida. Este es el momento más crítico del proceso, ya que la decisión del juez será permanente hasta que se solicite y apruebe una anulación.
En esta audiencia, ambas partes tienen la oportunidad fundamental de presentar su caso. El demandante debe presentar pruebas convincentes de que ha ocurrido un acto de violencia doméstica y que existe una necesidad continua de protección. Esto implica:
- Testimonio Personal: La víctima testifica sobre los incidentes de abuso.
- Testigos: Presentar testigos que puedan corroborar las alegaciones.
- Evidencia Documental: Mensajes de texto, correos electrónicos, registros telefónicos, fotografías de lesiones o daños a la propiedad, informes policiales, historiales médicos, grabaciones, etc.
El demandado, por su parte, tendrá la oportunidad de defenderse. Esto puede incluir refutar las acusaciones, presentar pruebas contradictorias, o argumentar que no existe una necesidad de protección. Un abogado experimentado puede ayudar a ambas partes a navegar este proceso, ya sea para construir un caso sólido o para montar una defensa eficaz. La presentación de pruebas, el contrainterrogatorio de testigos y la argumentación legal pueden ser extremadamente complejos y estresantes sin una representación legal adecuada. El juez escuchará atentamente y tomará una decisión basada en la preponderancia de la evidencia, es decir, si es más probable que el acto de violencia doméstica haya ocurrido y que la FRO sea necesaria.
Es importante recordar que el estándar de prueba en un caso de FRO es la “preponderancia de la evidencia”, que es un estándar más bajo que el “más allá de una duda razonable” utilizado en casos penales. Esto significa que el demandante no tiene que probar su caso con la misma certeza que en un juicio penal, pero aun así debe presentar pruebas suficientes para convencer al juez.
Las Restricciones de una Orden de Protección Civil y Sus Implicaciones
Una Orden de Alejamiento Final (FRO) en Nueva Jersey puede imponer una variedad de restricciones sobre el demandado, diseñadas para proteger al demandante y a cualquier otro individuo nombrado en la orden (como los hijos). Estas restricciones pueden ser de gran alcance y tener un impacto significativo en la vida del demandado. Algunas de las disposiciones comunes que una FRO puede incluir son:
- Prohibición de Contacto: Impedir al demandado cualquier tipo de contacto con el demandante, ya sea directo o indirecto (a través de terceros, redes sociales, mensajes de texto, llamadas, etc.).
- Restricciones de Proximidad: Prohibir al demandado acercarse a la residencia del demandante, su lugar de trabajo, la escuela o guardería de los hijos, o cualquier otra ubicación específica.
- Custodia Temporal de los Hijos: Otorgar la custodia temporal de los hijos al demandante y establecer arreglos de visita estructurados, a menudo supervisados, si se considera seguro.
- Uso Exclusivo de la Residencia: Conceder al demandante el uso exclusivo de la residencia compartida, ordenando al demandado que desaloje el hogar.
- Asesoramiento y Terapia: Ordenar al demandado que asista a programas de asesoramiento para agresores, terapia de control de la ira, o tratamiento por abuso de sustancias.
- Prohibición de Armas de Fuego: Prohibir al demandado poseer cualquier tipo de armas de fuego o armas peligrosas, requiriendo a menudo su entrega a las autoridades.
- Manutención Financiera: Ordenar al demandado pagar la manutención temporal de los hijos o del cónyuge, y reembolsar al demandante los gastos incurridos como resultado de la violencia doméstica (como gastos médicos o daños a la propiedad).
- Restricciones de Comunicación Electrónica: Prohibir el uso de tecnología o redes sociales para acosar, amenazar o comunicarse con el demandante.
Es fundamental entender que, si bien una FRO brinda una protección esencial, no resuelve todos los asuntos legales complejos que pueden surgir en una ruptura matrimonial o familiar. Por ejemplo, si bien puede establecer una custodia temporal, no es la sentencia final de divorcio o la resolución permanente de la custodia de los hijos. Sin embargo, su existencia puede tener un peso considerable en cómo se deciden estos asuntos en el futuro. Es una medida de seguridad prioritaria, no una resolución completa de todos los conflictos matrimoniales o familiares subyacentes.
La Cruda Verdad: Consecuencias de Violar una Orden de Protección Civil en Nueva Jersey
La violación de una Orden de Alejamiento Temporal (TRO) o una Orden de Alejamiento Final (FRO) en Nueva Jersey es un delito sumamente grave, no es simplemente una infracción menor. El sistema judicial de Nueva Jersey se toma estas violaciones con la máxima seriedad para mantener la integridad de las protecciones y garantizar la seguridad de las víctimas. Si un demandado viola una disposición de la orden, las consecuencias son inmediatas y pueden ser muy severas:
- Arresto Inmediato: La policía tiene la autoridad y el deber de arrestar a una persona que ha violado una orden de protección, incluso si no hay violencia física en el momento de la violación.
- Cargos por Desacato al Tribunal: La violación de una FRO generalmente resulta en cargos por desacato al tribunal. En Nueva Jersey, el desacato a una orden de violencia doméstica es un delito penal de cuarto grado por la primera ofensa, lo que puede resultar en hasta 18 meses de prisión y multas sustanciales. Las violaciones posteriores pueden ser consideradas delitos de tercer grado, con penas de prisión aún más largas.
- Cargos Penales Adicionales: Si la violación de la orden implica un nuevo acto de violencia o un delito (como acoso, agresión, o allanamiento de morada), el demandado enfrentará no solo cargos por desacato, sino también los cargos penales correspondientes al nuevo delito.
- Pérdida del Derecho a Poseer Armas de Fuego: Una FRO ya prohíbe la posesión de armas. Una violación de la orden refuerza esta prohibición y puede llevar a consecuencias más graves relacionadas con la posesión ilegal de armas.
- Impacto en Casos Futuros: Una violación de una FRO quedará registrada y tendrá un impacto negativo significativo en cualquier procedimiento legal futuro, especialmente en casos de custodia de hijos o divorcio, donde la seguridad de la víctima y los hijos Es importante.
Es fundamental que tanto el demandante como el demandado comprendan la seriedad de una orden de protección. Para el demandante, saber que la orden tiene una fuerza legal tan robusta brinda una capa vital y tangible de seguridad y tranquilidad. Para el demandado, es una advertencia inequívoca de que cualquier acción que viole la orden tendrá repercusiones severas y duraderas, afectando no solo su libertad sino también su historial legal y su futuro.
Navegando el Sistema: Defensa Contundente Contra una Orden de Protección Civil
Si usted ha sido acusado de violencia doméstica y se enfrenta a una orden de protección civil en Nueva Jersey, Es importante que sepa que tiene derechos significativos y que existe la posibilidad de defenderse eficazmente contra estas acusaciones. Una orden de protección, aunque diseñada para proteger a las víctimas, también puede ser utilizada indebidamente o basarse en malentendidos o información incorrecta, lo que puede tener consecuencias devastadoras para la persona acusada.
Las acusaciones de violencia doméstica pueden tener implicaciones duraderas y perjudiciales para su reputación personal y profesional, su empleo, su capacidad para vivir en su hogar, y, quizás lo más doloroso, su relación con sus hijos. No todas las acusaciones son válidas, y a veces la situación es considerablemente más compleja de lo que parece en la superficie, a menudo con narrativas conflictivas o contextos omitidos.
Una defensa efectiva requiere una combinación de una comprensión profunda de la ley de Nueva Jersey, una habilidad para investigar minuciosamente los hechos, y la capacidad de presentar su caso de manera convincente y persuasiva ante el tribunal. Estrategias de defensa pueden incluir: El uso de Experienced professionalos testigos para fortalecer su posición puede ser clave, así como la identificación de posibles fallas en la evidencia presentado por la fiscalía. Un abogado de defensa penal en NJ puede diseñar argumentos sólidos que desafíen la credibilidad de los testimonios y busquen la absolución o la reducción de cargos. También, la negociación de acuerdos de culpabilidad favorables puede ser una parte esencial de la estrategia para lograr el mejor resultado posible para el cliente.
- Refutar los Actos de Violencia Doméstica: Demostrar que los actos alegados no ocurrieron o no califican como violencia doméstica bajo la ley de Nueva Jersey.
- Cuestionar la Relación: Si las partes no cumplen con la definición de “relación doméstica” según la PDVA, la jurisdicción del tribunal para emitir una FRO puede ser desafiada.
- Presentar Evidencia Contradictoria: Ofrecer mensajes de texto, correos electrónicos, grabaciones, testimonios de testigos o cualquier otro tipo de evidencia que refute las alegaciones del demandante.
- Demostrar Falta de Necesidad de Protección: Argumentar que, incluso si ocurrieron incidentes, no existe una amenaza inminente o continua que justifique una FRO.
- Credibilidad del Demandante: En algunos casos, puede ser necesario cuestionar la credibilidad del demandante, especialmente si hay un historial de acusaciones falsas o motivaciones ocultas (como ganar ventaja en un caso de divorcio o custodia).
Contar con un abogado curtido y experimentado en esta área es absolutamente esencial para proteger sus derechos y su futuro. Un abogado puede ayudarle a investigar los hechos, reunir testigos (incluidos Experienced professionalos si es necesario), y presentar una defensa sólida y coherente ante el tribunal, asegurando que su historia sea escuchada y considerada justamente. La implicación de un abogado en las etapas iniciales puede ser la clave para un resultado favorable.
El Rol Indispensable del Asesor Legal Experiementado
Navegar las complejidades de una orden de protección civil en Nueva Jersey, ya sea como demandante o demandado, requiere no solo un profundo conocimiento legal, sino también un enfoque estratégico y, sobre todo, empático. En Law Offices of SRIS, P.C., nuestro compromiso va más allá de la mera representación legal; buscamos ser su fuente de autoridad cercana, ofreciéndole tranquilidad y dirección en un momento que, sin duda, es de inmensa incertidumbre emocional. Nuestro equipo comprende que cada caso es único y que la situación puede ser abrumadora. También de brindarle apoyo durante el proceso de la orden de protección, también podemos asistirle con la expurgación de antecedentes en nj, lo que le permitirá avanzar hacia un futuro más prometedor. Creemos en equipar a nuestros clientes con las herramientas necesarias para reconstruir sus vidas con confianza y seguridad.
Mr. Sris, el fundador de nuestra firma, aporta una vasta y profunda competencia jurídica a cada caso que asume, lo que es invaluable en la arena de las órdenes de protección. Como él mismo ha expresado en una de sus perspectivas personales: “Mi enfoque desde la fundación de la firma en 1997 siempre ha estado dirigido a manejar personalmente los asuntos más desafiantes y complejos de derecho penal y de familia que enfrentan nuestros clientes.” Esta declaración es particularmente resonante cuando se trata de las delicadas y a menudo volátiles situaciones que rodean las órdenes de protección civil, que frecuentemente se entrelazan con el derecho penal y de familia. La dedicación a los casos difíciles asegura que ningún detalle, por pequeño que parezca, sea pasado por alto.
También, Mr. Sris subraya un aspecto de su competencia jurídica que lo distingue: “Encuentro que mi competencia jurídica en contabilidad y gestión de información proporciona una ventaja única al navegar los intrincados aspectos financieros y tecnológicos inherentes a muchos casos legales modernos.” En el contexto de la violencia doméstica y las órdenes de protección, a menudo existen intrincados aspectos financieros entrelazados, como la división de bienes o la manutención, o la evidencia crucial puede residir en comunicaciones digitales (mensajes, correos electrónicos, redes sociales). En estos escenarios, este tipo de pericia analítica y tecnológica es invaluable para construir un caso sólido o una defensa eficaz.
Finalmente, Mr. Sris también comparte una visión más amplia de su rol en la justicia: “Como alguien profundamente involucrado en la comunidad, creo que es importante no solo practicar el derecho, sino también participar activamente en su conformación, razón por la cual dediqué esfuerzos a enmendar el Código de Virginia § 20-107.3 y lograr el reconocimiento estatal para hitos culturales.” Esta perspectiva de servicio cívico y de impacto legislativo demuestra un compromiso con la justicia que trasciende el ámbito de un solo caso. Significa que su defensa estará en manos de un abogado que no solo entiende la ley, sino que también ha contribuido a moldearla y que ve el panorama completo de la ley y sus ramificaciones sociales y personales. Su caso no será solo un expediente, sino parte de una búsqueda más amplia de equidad.
Contratar un abogado conocedor en casos de órdenes de protección civil no es un lujo, sino una necesidad. Los riesgos son demasiado altos, y las emociones pueden obnubilar el juicio. Un abogado puede actuar como su voz, su protector y su estratega, asegurándose de que sus derechos sean respetados en todo momento y que se busque el mejor resultado posible. La asesoría legal no solo le guiará a través del proceso, sino que le brindará la tranquilidad de saber que tiene a alguien luchando por usted.
Preguntas Frecuentes sobre las Órdenes de Protección Civil en Nueva Jersey
P: ¿Cuánto tiempo es válida una Orden de Protección Civil (FRO) en Nueva Jersey?
R: Una Orden de Alejamiento Final (FRO) en Nueva Jersey es permanente, lo que significa que no tiene una fecha de vencimiento. Permanece en vigor hasta que un juez la anule. Esto generalmente requiere que la parte demandada presente una moción y demuestre al tribunal un cambio significativo en las circunstancias o que ya no hay necesidad de la orden. Es un proceso legal complejo que requiere asesoramiento experimentado.
P: ¿Puedo retirar una solicitud de Orden de Protección Civil una vez presentada?
R: Sí, generalmente un demandante puede solicitar retirar una TRO o una FRO en Nueva Jersey. Sin embargo, la decisión final recae en el juez, quien considerará si el retiro es voluntario y si es en el mejor interés de la seguridad pública y del demandante. El tribunal quiere asegurarse de que la víctima no esté siendo coaccionada para retirar la orden. Hablar con un abogado Es importante antes de tomar esta decisión.
P: ¿Necesito un abogado para solicitar una Orden de Protección Civil?
R: Si bien no es un requisito legal tener un abogado, es muy recomendable. El proceso es complicado, lleno de tecnicismos legales y puede ser emocionalmente agotador. Un abogado experimentado puede ayudarle a preparar su caso, presentar pruebas de manera efectiva, interrogar a testigos y asegurarse de que sus derechos estén protegidos. Esto aumenta significativamente sus posibilidades de un resultado favorable.
P: ¿Cuáles son las diferencias entre una TRO y una FRO?
R: Una TRO (Orden de Alejamiento Temporal) se emite rápidamente, a menudo sin que el demandado lo sepa, en situaciones de peligro inminente, y tiene una validez de aproximadamente 10 días. Una FRO (Orden de Alejamiento Final) es permanente y se emite después de una audiencia completa donde ambas partes tienen la oportunidad de presentar su caso. Una FRO es mucho más amplia en sus implicaciones y restricciones, ofreciendo protección a largo plazo.
P: ¿Una Orden de Protección Civil afectará mi historial criminal?
R: Una Orden de Alejamiento Final (FRO) en sí misma es una orden civil, por lo que no aparece directamente en un historial criminal de la misma manera que una condena penal. Sin embargo, violar una FRO es un delito penal en Nueva Jersey y sí resultará en una condena penal que aparecerá en su historial. También, la existencia de una FRO se registra en una base de datos estatal y nacional, lo que puede afectar la posesión de armas de fuego y la verificación de antecedentes.
P: ¿Qué pasa si la otra persona no respeta la orden?
R: Si la otra persona viola una Orden de Protección Civil en Nueva Jersey, debe contactar a la policía de inmediato. La policía tiene el mandato de arrestar a la persona por desacato al tribunal. Es fundamental documentar cada instancia de violación, con detalles como la fecha, la hora, el lugar y la naturaleza de la violación, y cualquier testigo. Su seguridad Es importante, y el sistema legal está ahí para hacer cumplir la orden.
P: ¿Qué evidencia es útil en una audiencia de FRO?
R: Cualquier evidencia que respalde las alegaciones de violencia doméstica o que refute las mismas es útil. Esto incluye testimonios personales, mensajes de texto o correos electrónicos amenazantes, grabaciones de llamadas, fotografías de lesiones o propiedad dañada, informes policiales, historiales médicos, testimonios de testigos (amigos, familiares, vecinos), y registros de cámaras de seguridad. Organizar esta evidencia con un abogado es clave.
P: ¿Puedo mudarme fuera de Nueva Jersey si tengo una FRO?
R: Sí, generalmente puede mudarse fuera de Nueva Jersey. Las órdenes de protección civil son reconocidas y aplicables en todos los estados de EE. UU. bajo la Ley de Violencia contra la Mujer (VAWA). Sin embargo, es prudente consultar con un abogado antes de mudarse para comprender cómo se transferirá y aplicará su orden en la nueva jurisdicción, y si hay algún paso adicional que deba tomar para asegurar su protección continua.
Conclusión: Encuentre Esperanza y Protección con Law Offices Of SRIS, P.C.
Enfrentar la necesidad de una orden de protección civil o defenderse de una en Nueva Jersey es una de las competencia jurídicas más estresantes y emocionalmente exigentes que alguien puede vivir. La incertidumbre y el miedo pueden sentirse paralizantes. La buena noticia es que no tiene que hacerlo solo. Con la orientación legal adecuada, puede recuperar la claridad, tomar decisiones informadas y encontrar el camino hacia un futuro más seguro y tranquilo.
En Law Offices of SRIS, P.C., estamos listos para ofrecerle una revisión confidencial de caso. Le escucharemos con empatía, evaluaremos su situación con detalle y le explicaremos sus opciones legales de manera directa y comprensible. Nuestro objetivo es ser su fuente de esperanza, su defensor inquebrantable y su guía estratégica a través del sistema legal. Permítanos poner nuestra competencia jurídica a trabajar para proteger lo que más importa: su seguridad y su paz mental.
Descargo de Responsabilidad: Resultados pasados no predicen resultados futuros. Cada caso es único y los resultados dependen de los hechos específicos y el contexto legal.
Para hablar con un miembro de nuestro equipo conocedor y experimentado, por favor llame al +1-609-983-0003. Law Offices of SRIS, P.C. tiene ubicaciones en Flanders, Nueva Jersey, en 230 Route 206, BLDG #3, Office #5, Flanders, NJ 07836. Estamos aquí para ayudarle a tomar el control de su situación.