Custodia de los hijos y derechos de visita en casos de divorcio en Nueva York
La custodia de los hijos y los derechos de visita son algunos de los temas más importantes y desafiantes que surgirán si se divorcia en Nueva York y tiene hijos. Aunque navegar por el sistema legal puede ser difícil, conocer las reglas y regulaciones en determinadas situaciones puede ayudarle a usted y a sus hijos a obtener el resultado más favorable.
¿Qué es la custodia de un niño?
El acuerdo legal que rige dónde y con quién residirá un niño después de un divorcio o separación entre sus padres se conoce como custodia de los hijos. Dado que ambos padres pueden sentir firmemente que están haciendo lo mejor para su hijo, se trata de un problema complicado que puede resultar difícil de resolver.
Los tipos de custodia de los hijos se reconocen en Nueva York.
En Nueva York existen dos tipos de custodia infantil: custodia legal y custodia física.
Custodia legal:
La custodia legal se refiere al derecho a tomar decisiones relativas a la crianza del niño, como la educación, la religión y la atención médica. Hay dos tipos de custodia legal: custodia legal única y custodia legal dual.
- La custodia legal exclusiva denota que uno de los padres tiene autoridad exclusiva sobre la crianza del niño. El otro padre puede tener algo que decir, pero el padre toma la decisión final con la custodia legal exclusiva.
- La custodia legal compartida indica que los padres tienen igual autoridad sobre la crianza del niño. En la mayoría de las situaciones, ambos padres deben acordar decisiones importantes, incluido dónde residirá el niño y a qué escuela asistirá. Sin embargo, algunas decisiones, incluidas las decisiones sobre atención médica, pueden ser tomadas unilateralmente por uno de los padres.
Custodia física:
La cantidad de tiempo que el niño pasa con cada padre se llama custodia física. La custodia física se clasifica en dos tipos: custodia física exclusiva y custodia física compartida.
- La custodia física exclusiva significa que el niño pasa la mayor parte del tiempo con uno de los padres. Aunque el otro padre tiene derecho de visita, el niño no vive con él.
- El niño tiene la custodia física compartida si pasa mucho tiempo con ambos padres. No existe una definición universalmente aceptada de “tiempo significativo”, aunque comúnmente se considera que significa que el niño pasa al menos el 35% de su tiempo con cada padre.
¿Qué papel desempeña la mediación en los casos de custodia de menores en el estado de Nueva York?
Para intentar llegar a un acuerdo sobre la custodia y las visitas de los hijos, los padres colaborarán con un mediador, que es un tercero neutral en la situación. El procedimiento de mediación es totalmente voluntario y los padres pueden finalizarlo cuando quieran.
Dado que el mediador no es un juez, no puede decidir quién se queda con los niños. El trabajo del mediador es permitir la comunicación entre los padres y el proceso de negociación. El mediador puede ayudar a los padres a identificar sus intereses compartidos, comprender los puntos de vista de los demás y encontrar soluciones innovadoras que satisfagan las necesidades tanto de los padres como del niño.
Debido a que la mediación es privada, el mediador no puede compartir ninguna información sin el permiso de ambos padres.
Las disputas por la custodia de los hijos en Nueva York a menudo se resuelven mediante mediación. En algunas circunstancias, el tribunal puede requerir mediación y ordenar a los padres que participen antes de decidir sobre la custodia de los hijos.
Las ventajas de la mediación son numerosas e incluyen:
- El costo es menor que acudir a los tribunales.
- Ir a los tribunales lleva más tiempo que esto.
- Es más probable que conduzca a una decisión que ambos padres puedan apoyar.
- Puede ayudar a mantener el vínculo entre padres e hijos.
Una excelente alternativa para usted puede ser la mediación si está pasando por un proceso de divorcio en Nueva York . Para analizar sus opciones y obtener ayuda para determinar si la mediación es apropiada para usted, es fundamental hablar con las Oficinas Legales de SRIS.PC, un abogado con experiencia.
Derechos y horarios de visitas
El derecho a pasar tiempo con un niño durante las visitas está reservado para los padres que no tienen la custodia física de ese niño. En Nueva York se emplean varios horarios de visitas típicos, mientras que el plan preciso variará según los detalles del caso.
- Visitas de fin de semana: esta forma de organización de visitas es la más popular. Las visitas de fin de semana generalmente duran desde el viernes por la tarde o por la noche hasta el domingo por la noche para el padre que no tiene la custodia.
- Visitas entre semana: aunque menos famosa, esta forma de horario de visitas puede ser una excelente opción para los padres que viven lejos o tienen horarios de trabajo exigentes. A menudo se permiten visitas entre semana desde después de la escuela hasta la cena para el padre que no tiene la custodia.
- Visitas en semanas divididas: este horario es poco común, pero puede ser una buena opción para los padres que viven cerca uno del otro y quieren que el niño pase el mismo tiempo con cada padre. Normalmente, un niño pasa la primera mitad de la semana con uno de sus padres y la segunda mitad con el otro.
- Visitas de verano: Según este acuerdo de visitas, el niño suele pasar todo el verano con el padre que no tiene la custodia. Los padres decidirán o el tribunal especificará las fechas de visita.
Se debe consultar a un abogado de las Oficinas Legales de SRIS.PC si se está divorciando y tiene hijos para analizar sus opciones y elegir la mejor forma de plan de visitas para sus hijos.
¿Cómo pueden ayudarme las Oficinas Legales de SRIS.PC a obtener un divorcio en Nueva York?
El abogado puede ayudarlo a divorciarse en la ciudad de Nueva York de diversas maneras, que incluyen:
- Brindar orientación y asesoramiento legal : los abogados tienen experiencia en derecho de familia y pueden ayudarlo a comprender sus derechos y alternativas legales. También pueden ayudarlo a desarrollar una estrategia de divorcio y representarlo ante el tribunal.
- Negociar con su cónyuge : Los abogados pueden negociar con su cónyuge para acordar las condiciones de su divorcio. Esto puede ahorrarle tiempo y dinero, además de ayudarle a evitar una batalla judicial larga y costosa.
- Preparar y presentar la documentación adecuada : los abogados pueden preparar y presentar toda la documentación necesaria para su divorcio, incluida la petición de divorcio, la citación y las declaraciones de divulgación financiera.
- Representarlo ante el tribunal : si su divorcio no se puede resolver mediante discusión, los abogados pueden representarlo. Lucharán por sus derechos e intereses y le ayudarán a obtener el mejor resultado posible en su divorcio.
- Explicando el procedimiento : Pueden explicarte el proceso de divorcio y resolver cualquier duda.
Es una práctica jurídica de buena reputación con una larga historia de éxito en cuestiones de tribunales de familia. Están dedicados a brindar a sus clientes el mejor asesoramiento disponible y trabajarán incansablemente para preservar sus derechos e intereses.
Si está considerando divorciarse en Nueva York , comuníquese con nuestro abogado para programar una consulta. Estarán encantados de responder a sus preguntas y discutir sus alternativas.
Custodia y Reubicación
Al decidir si se permite o no que un padre se reubique con un niño en Nueva York, el tribunal examinará los siguientes factores:
- En el interés superior del niño.
- La justificación del cambio propuesto.
- El impacto de la luna en el vínculo del niño con el otro padre.
- La edad y madurez del joven.
- Las actividades educativas y extraescolares del joven.
- La distancia entre la residencia actual y la futura residencia prevista.
- La voluntad de los padres de colaborar facilita la relación del niño con el otro padre.
- Historial de violencia doméstica o abuso infantil.
El tribunal eventualmente decidirá qué es lo mejor para el niño y se pueden considerar las preferencias del joven, aunque no siempre son determinantes.
Si está considerando mudarse con un niño, debe consultar con las Oficinas Legales de SRIS.PC, un abogado, para analizar sus opciones y obtener ayuda para tomar una decisión que sea lo mejor para el niño.
Preguntas frecuentes
P1. ¿Pueden los abuelos u otros familiares solicitar visitas?
En Nueva York, los abuelos y otros familiares pueden solicitar derechos de visita. Sin embargo, no se les concederán derechos de visita automáticos. Al decidir si concede derechos de visita a un abuelo u otro pariente, el tribunal considerará varias cuestiones, incluido el interés superior del niño, la relación de la abuela o pariente con el niño y el deseo de los padres de permitir las visitas.
Suponga que es un abuelo u otro pariente que busca derechos de visita. En ese caso, debe consultar con un abogado experimentado para analizar sus opciones y obtener ayuda para presentar una petición de derechos de visita.
P2. ¿Cómo puedo iniciar un caso de custodia o visitas en Nueva York?
Para iniciar un caso de custodia o visitas en Nueva York, debe presentar una petición ante el Tribunal de Familia del condado donde reside el niño. La petición debe incluir la siguiente información:
- Los nombres y direcciones de los padres y del niño.
- Las razones por las que desea la custodia o el régimen de visitas.
- El tipo preciso de custodia o visitas que busca.
- Cualquier prueba pertinente, como órdenes judiciales, cartas o fotografías.
También debe entregar la petición al otro padre. Esto implica que debe entregar una copia de la petición al otro padre en persona o por correo certificado.
El tribunal programará una audiencia después de que se presente y entregue la petición. El tribunal escuchará la evidencia de ambos padres y determinará si otorgará la custodia o las visitas en la audiencia.
Si usted y el otro padre no pueden llegar a un acuerdo sobre la custodia o las visitas, es posible que deba contratar a un abogado para que lo defienda ante el tribunal.
P3. ¿Se pueden considerar las preferencias de un niño en las decisiones de custodia o visitas?
Sí, la preferencia de un niño se puede considerar en las decisiones de custodia o visitas en Nueva York. Sin embargo, la preferencia del niño no siempre es controladora. El tribunal decidirá eventualmente qué es lo mejor para el niño y la preferencia del joven es sólo un elemento que se considerará.
El tribunal examinará la edad y madurez del niño al decidir si considera la preferencia del niño. El tribunal dará más peso a la preferencia del niño cuanto mayor y más maduro sea el niño.
P4. ¿Qué es el “derecho de preferencia” en los acuerdos de visita?
Una cláusula de derecho de preferencia (RFR) en un acuerdo de visitas le permite a uno de los padres la primera oportunidad de cuidar al niño antes de que el otro padre pueda hacer arreglos alternativos. Por ejemplo, supongamos que el padre que no tiene la custodia necesita viajar fuera de la ciudad por motivos de trabajo. En ese caso, deben darle al padre con custodia una primera oportunidad de cuidar al niño antes de hacer otros arreglos, como contratar una niñera o inscribir al niño en una guardería.
El derecho de preferencia garantiza que el niño pase el mayor tiempo posible con cada padre y evita que el niño pase de un cuidador a otro. También puede ayudar a reducir los conflictos entre padres e hijos porque no tienen que negociar arreglos para el cuidado de los niños cada vez que uno de ellos no está disponible.
Si planea incluir un derecho de preferencia en su acuerdo de visitas, debe consultar con un abogado para analizar las disposiciones de la cláusula y asegurarse de que sea ejecutable en su estado.
P5. ¿Puede un padre perder la custodia por sus acciones?
Sí, un padre puede perder la custodia como resultado de sus acciones. El tribunal considerará las acciones de los padres y la probabilidad de que pongan al niño en peligro. Por ejemplo, es más probable que el tribunal rechace la custodia a un padre con antecedentes de adicción a sustancias o violencia doméstica. El tribunal tendrá en cuenta el interés más importante del niño